En una decisión unánime, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este miércoles el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Monsalve Benavides en contra de la decisión que mantuvo su prisión preventiva. Monsalve está privado de libertad tras su formalización por delitos consumados de abuso sexual y violación de mayor de 14 años de edad, respecto a hechos que habrían tenido lugar en septiembre de 2024. Los ministros Hernán Crisosto y Maritza Villadangos y la abogada integrante María Fernanda Vásquez, estimaron que el amparo no era la vía para recurrir ante la resolución del 7° Juzgado de Garantía de Santiago del pasado 2 de abril y descartaron un actuar arbitrario en la decisión del tribunal de primera instancia. Estos magistrados no encuentran justificación al motivo por el cual la Defensoría Penal Pública no impugnó la resolución judicial que por esta vía objeta a través del arbitrio que el legislador instauró con la finalidad de permitir a quien se siente agraviado por ella, la posibilidad de instar por su revisión, modificación o enmienda, cual es, el recurso de apelación, indica la resolución. El texto señala que todas las supuestas omisiones o yerros que el recurrente denuncia, afectarían a la resolución del tribunal primer grado, pudieron ser enmendados por este tribunal alzada conociendo arbitrio apelación. Fuente: La Tercera Nacional
El tribunal consideró que el despido no estaba suficientemente justificado, ya que no se acreditó un riesgo grave para la seguridad ni la salud de los empleados. Este miércoles, la Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de un trabajador despedido de una faena minera tras dar positivo en un examen de alcoholemia. El trabajador, quien fue sometido a un control aleatorio el 2 de enero de 2023, arrojó un resultado de 0,08% de alcohol en su sangre y fue despedido al día siguiente por las causales del artículo 160 del Código del Trabajo. Sin embargo, el tribunal consideró que no se logró probar que la conducta del trabajador representara un riesgo grave para la seguridad o salud de otros empleados o para el desarrollo de la faena en general. La instancia sostuvo que aunque el comportamiento del trabajador podría ser considerado “potencialmente riesgoso”, la empresa no presentó evidencia suficiente. Diario Constitucional No basta con constatar una conducta potencialmente riesgosa, es esencial que se acredite la gravedad del riesgo, señaló el fallo. En cuanto al marco legal, la Corte subrayó que la prohibición está claramente establecida en el Reglamento de Seguridad Minera. A pesar de ello, el tribunal determinó quela carta de despido no cumplía con los requisitos legales. A pesar declarar su despido como injustificado. Fuente: CNN Chile País
En una decisión unánime, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este miércoles el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Monsalve Benavides en contra de la decisión que mantuvo su prisión preventiva. Monsalve está privado de libertad tras su formalización por delitos consumados de abuso sexual y violación de mayor de 14 años de edad, respecto a hechos que habrían tenido lugar en septiembre de 2024. Los ministros Hernán Crisosto y Maritza Villadangos y la abogada integrante María Fernanda Vásquez, estimaron que el amparo no era la vía para recurrir ante la resolución del 7° Juzgado de Garantía de Santiago del pasado 2 de abril y descartaron un actuar arbitrario en la decisión del tribunal de primera instancia. Estos magistrados no encuentran justificación al motivo por el cual la Defensoría Penal Pública no impugnó la resolución judicial que por esta vía objeta a través del arbitrio que el legislador instauró con la finalidad de permitir a quien se siente agraviado por ella, la posibilidad de instar por su revisión, modificación o enmienda, cual es, el recurso de apelación, indica la resolución. El texto señala que todas las supuestas omisiones o yerros que el recurrente denuncia, afectarían a la resolución del tribunal primer grado, pudieron ser enmendados por este tribunal alzada conociendo arbitrio apelación. Fuente: La Tercera Nacional
El tribunal consideró que el despido no estaba suficientemente justificado, ya que no se acreditó un riesgo grave para la seguridad ni la salud de los empleados. Este miércoles, la Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de un trabajador despedido de una faena minera tras dar positivo en un examen de alcoholemia. El trabajador, quien fue sometido a un control aleatorio el 2 de enero de 2023, arrojó un resultado de 0,08% de alcohol en su sangre y fue despedido al día siguiente por las causales del artículo 160 del Código del Trabajo. Sin embargo, el tribunal consideró que no se logró probar que la conducta del trabajador representara un riesgo grave para la seguridad o salud de otros empleados o para el desarrollo de la faena en general. La instancia sostuvo que aunque el comportamiento del trabajador podría ser considerado “potencialmente riesgoso”, la empresa no presentó evidencia suficiente. Diario Constitucional No basta con constatar una conducta potencialmente riesgosa, es esencial que se acredite la gravedad del riesgo, señaló el fallo. En cuanto al marco legal, la Corte subrayó que la prohibición está claramente establecida en el Reglamento de Seguridad Minera. A pesar de ello, el tribunal determinó quela carta de despido no cumplía con los requisitos legales. A pesar declarar su despido como injustificado. Fuente: CNN Chile País